Si eres extranjero/, estás casado/a con un colombiano, y actualmente vives en Colombia, puedes tramitar la Visa M- Cónyuge, la cual permite a la persona titular realizar cualquier actividad legal en el país, como trabajar formalmente, emprender, acceder al sistema general de salud, etc.

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Requisitos para la visa M de cónyuge: 

Esta visa es para los extranjeros que tengan vínculo matrimonial con un ciudadano(a) colombiano(a) y aspiren a convivir con su cónyuge en Colombia. Esta visa tiene una duración de tres (3) años.


Para solicitarla necesitas presentar:

1. Copia auténtica del Registro Civil de Matrimonio Colombiano, expedida dentro los 3 meses previos a la solicitud de la visa. Si tu matrimonio se efectuó en Venezuela, primero deberás legalizar y apostillar tu acta de matrimonio para luego registrar el acta en la Registraduría Civil de Colombia. Posteriormente te puedan emitir un registro civil de matrimonio colombiano. 


2. Una carta escrita por tu pareja colombiana, en la cual solicite la visa para ti. Allí debe manifiestar que ambos mantienen una convivencia única, constante, y estable y se compromete a informar a la Autoridad de Visas e lnmigracion cualquier cambio en las circunstancias de la convivencia. En la carta, tu pareja  debe adjuntar fotocopia simple de su cédula de ciudadanía colombiana e informar dirección, correo electrónico y teléfono de contacto. Esta carta debe ser autenticada en notaria par validación de firma.

La cancillería de Colombia, podrá requerir pruebas adicionales que demuestren la existencia efectiva del vínculo o citar a entrevista presencial, virtual o telefónica, cuando lo crea necesario.


3.
Presentar certificado de movimientos migratorios. Solicitados a través del Formulario Único de Trámite en la página web de Migración Colombia. Haz click aquí:  https://apps.migracioncolombia.gov.co/registro/public/formularioRegistro.jsf;jsessionid=26B07CCF9A2844749A0CA218A4F496E4 

 

4. Pasaporte vigente en buen estado. En el caso de pasaportes venezolanos, la Cancillería de Colombia permite el uso de los pasaportes venezolanos vencidos en el país por un lapso de tiempo de 10 años para tramitar la visa.

 

5. Llenar el formulario electrónico de solicitud de visa.

 

Recuerda, puedes realizar la solicitud vía electrónica a través de: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml 

 

¿Cuánto cuesta la visa?

  • El estudio de la visa tiene un valor de 52 dólares. Se paga en pesos colombianos al cambio del día. 
  • La expedición de la visa tiene un valor de 270 dólares. Se paga en pesos colombianos al cambio del día. 

*Estos precios pueden sufrir cambios. Te recomendamos validarlos en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa/costos-medios-pago-oficinas-atencion 

 

Luego de que tengas la visa aprobada, debes tramitar tu cédula de extranjería a través de 

 

  • Costo de la cédula: 246.500 mil pesos
  • Vigencia: El mismo tiempo que la visa.

Conoce más sobre la cédula de extranjería, aquí ➜ https://www.infopalante.org/hc/es-co/articles/12337639071005--Que-es-la-C%C3%A9dula-de-Extranjer%C3%ADa-en-Colombia-y-c%C3%B3mo-solicitarla-

Te contamos que:

  • Luego de ser titular de la visa de Migrante (tipo M) por un periodo de 3 años, puedes solicitar tu visa de Residente (tipo R) por tiempo acumulado.
  •  Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios. 

Fuentes:

Resolución 5477 de 22 de julio de 2022

Página web: www.cancilleria.gov.co

Página web: www.migracioncolombia.gov.co