Si eres colombiano o colombiana y regresaste a Colombia después de vivir, por lo menos, 3 años en el exterior, el Estado colombiano tiene beneficios e incentivos para ti, a través de la Ley Retorno (Ley 1565 de 2012) y la Política Integral Migratoria (Ley 2136 de 2021).
Para ello, debes inscribirte en el Registro Único de Retornados (RUR) como primer paso para acogerte a los beneficios e incentivos.
¿Cuáles son estos beneficios?
- No tendrás que pagar impuestos por el traslado de menaje doméstico e instrumentos profesionales (hasta ciertos montos).
- Tampoco tendrás que pagar multas por el trámite de la libreta militar.
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Podrás recibir orientación sobre los programas y servicios que entidades colombianas han puesto en marcha con el propósito de apoyarte en el retorno y fundamento en Colombia.
¿Qué requisitos debes cumplir para ser beneficiario de la Ley? - Ser colombiano, mayor de edad.
- Acreditar que has permanecido en el extranjero por lo menos tres (3) años.
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No tener condenas vigentes en el exterior o en Colombia.
¿Cómo te inscribes en el RUR?
1. Ingresa a www.colombianosune.com y pulsa el botón Registro Único de Retornados – RUR.
2. Llena todos los datos que te solicitan.
3. Adjunta en formato PDF tu cédula de ciudadanía colombiana y documentos que acrediten tu permanencia en el exterior de, por lo menos, tres años (pasaporte, certificaciones, pagos de seguridad social, entre otros).
4. Una vez diligenciado el RUR, verifica si cumples con los requisitos para recibir el certificado de Retornado que te permite acceder a beneficios e incentivos. La respuesta llega a tu correo electrónico.
5. Si necesitas orientación personalizada, puedes dirigirte a los centros de Referenciación y Oportunidad para el Retorno- CRORE.
Fuente:
Página web: www.colombianosune.com